PACTO DE UNIDAD DENUNCIA IRREGULARIDADES DEL GOBIERNO DE FACTO, RECHAZA CIERRE DE MINISTERIOS Y EXIGEN DEROGACION DEL DECRETO 4258
9 junio, 2020Ejecutiva de Bartolina Sisa denuncia a nivel internacional las injusticias y el abuso del gobierno inconstitucional de Añez
16 junio, 2020Mediante un pronunciamiento publicado hoy, la Confederación Nacional de Mujeres Campesinas Indígenas Originarias de Bolivia “Bartolina Sisa” (CNMCIOB“BS”), denuncia todos los atropellos y violación de los Derechos fundamentales sufridos por la Sra. Patricia Hermosa Gutiérrez, ex jefa de gabinete de Evo Morales, detenida de manera ilegal en enero de 2020, sin orden fiscal, acusada de terrorismo y sedición sin prueba fehaciente, estando embarazada, fue recluida en la cárcel de Obrajes, y por falta de atención médica, en el mes de marzo, sufrió la perdida de su hijo en gestación y hasta la fecha es impedida de recibir la atención médica y psicológica correspondiente.
Es evidente que el actual gobierno de facto, viene vulnerando de manera sistemática y dolosa todos los derechos humanos de Patricia Hermosa, perseguida y presa política del actual régimen, simplemente por ser afín al gobierno de Evo Morales. Luego de la denuncia, sobre este flagrante delito de parte del gobierno de facto, sale una noticia que trata de tapar tal situación de la manera más misógina, cuando publican una nota en la que, prácticamente, acusan a Hermosa de ser “amante de Evo Morales”, noticia publicada en varios medios nacionales, obviamente alineados al gobierno de facto, en la que se señala: “Revelan que Evo viajó en el avión presidencial a Punta Cana, Francia y Alemania, junto a su ex jefa de Gabinete”; cuando en realidad los viajes eran realizados para asistir a cumbres internacionales, y obviamente, Patricia Hermosa, cumplía su función como jefa de gabinete, acompañaba al ex presidente para asistirlo dentro de los eventos y reuniones en los que él participaba.
En este sentido, el Comité Ejecutivo de la Confederación Nacional de Mujeres Campesinas Indígenas Originarias de Bolivia “Bartolina Sisa” CNMCIOB”BS”, expresa su total apoyo a la señora Patricia Hermosa Gutiérrez, detenida ilegalmente, en la cárcel pública para mujeres de Obrajes, de la ciudad de La Paz, repudiando contundentemente, los atropellos que viene sufriendo, quien es víctima de este Gobierno de facto, detenida sin juicio alguno, vulnerando sus derechos humanos.
La confederación exige la inmediata liberación de la Sra. Patricia Hermosa Gutiérrez, (Presa Política), quien debe ser atendida en un centro de salud especializado y demandan al Ministerio Publico que actúe de oficio, inicie el proceso penal y realice las investigaciones correspondientes para dar con los autores de este atroz crimen, cuyos responsables deben ser sancionados como la ley manda.
¡Primero la Vida!
¡No a los delitos contra la vida y la salud!
¡Libertad y justicia para Patricia Hermosa!
PRONUNCIAMIENTO
RECHAZO A LA VULNERACION DE LOS DERECHOS HUMANOS EN BOLIVIA, LA CONSTITUCION POLITICA DEL ESTADO y EXIJIMOS JUSTICIA CON LA MUERTE DEL HIJO DE PATRICIA HERMOSA GUTIERREZ
CONSIDERANDO:
Que, la Confederación Nacional de Mujeres Campesinas Indígenas Originarias de Bolivia “Bartolina Sisa” (CNMCIOB“BS”), tiene el deber principal de velar por los derechos y protección de las mujeres Bolivianas.
Que, la hermana Patricia Hermosa Gutiérrez, estando embarazada, es detenida en la cárcel pública para mujeres de obrajes, en fecha 31 de enero d 2020, a quien se le imputaron delitos de supuesto (terrorismo, sedición, financiamiento al terrorismo y otros), quien fuera detenida sin orden de fiscal o juez competente, al momento de presentar los papeles para la postulación a las elecciones 2020, del ex presidente Evo Morales Ayma, la misma que se encontraba en calidad de abogado del Ex Presidente, es detenida por un coronel de apellido Rojas, quien le quita todos los documentos.
Que, después de 6 meses detenida en la cárcel de obrajes, sufriendo acoso constante, abusos, y violaciones a sus derechos, la misma hace ya 10 días en junio del 2020, venía pidiendo ayuda y solicitando atención médica especializada urgente, debido a que se encontraba con sangrados, todos los días, y todos los funcionarios de esa prisión tenían conocimiento que la Sra. Patricia Hermosa estaba esperando un hijo, quienes NO quisieron prestarle la ayuda médica, ni llevarla a un centro de atención médico especializado, el médico de la cárcel solo se limito a emitir un informe sobre la pérdida del hijo que sufrió la detenida, Patricia Hermosa Gutiérrez.
Que, El Gobierno de facto de Jeanine Añez Chávez, al omitir de manera dolosa prestar asistencia médica especializada a la detenida Patricia Hermosa Gutiérrez, violaron sus derechos establecidos en la Declaración Universal de Derechos Humanos El párrafo 1 del artículo 25 de la garantiza a toda persona, incluidos los presos: El derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure la salud y el bienestar … y en especial … la asistencia médica y los servicios sociales necesarios … Además, el párrafo 1 del artículo 12 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales reconoce el derecho de toda persona, incluidos los presos, a la salud. El principio 9 de los Principios Básicos para el tratamiento de los reclusos dispone lo siguiente: Los reclusos tendrán acceso a los servicios de salud de que disponga el país, sin discriminación por su condición jurídica. La regla 22 de las Reglas mínimas para el tratamiento de los reclusos exige lo siguiente: 1)… Los servicios médicos deberán organizarse íntimamente vinculados con la administración general del servicio sanitario de la comunidad o de la nación. …, La regla 25 de las Reglas mínimas dispone lo siguiente: 1) El médico deberá velar por la salud física y mental de los reclusos. Deberá visitar diariamente a todos los reclusos enfermos, a todos los que se quejen de estar enfermos y a todos aquellos sobre los cuales se llame su atención. 2) El médico presentará un informe al director cada vez que estime que la salud física o mental de un recluso haya sido o pueda ser afectada por la prolongación o por una modalidad, cualquiera de la reclusión.
Que, se vulnera y no se cumple el mandado de la Constitución Política del Estado Artículo 18. I. Todas las personas tienen derecho a la salud. II. El Estado garantiza la inclusión y el acceso a la salud de todas las personas, sin exclusión ni discriminación alguna. III. El sistema único de salud será universal, gratuito, equitativo, intracultural, intercultural, participativo, con calidad, calidez y control social. El sistema se basa en los principios de solidaridad, eficiencia y corresponsabilidad y se desarrolla mediante políticas públicas en todos los niveles de gobierno.
Que, es el Estado mediante su Ministerio de Gobierno y la Dirección General de Régimen Penitenciario dependiente del mismo, son quienes debieron velar por la pronta atención médica especializada, de la detenida Patricia Hermosa Gutiérrez, y su hijo(+), y No lo hicieron de manera dolosa, provocando así la muerte de un ser vivo, quien tiene derechos.
POR TANTO:
El Comité Ejecutivo Nacional de la Confederación Nacional de Mujeres Campesinas Indígenas Originarias de Bolivia “Bartolina Sisa” CNMCIOB”BS”, en uso de sus legítimas atribuciones enmarcados en el estatuto y reglamento interno:
RESUELVE:
PRIMERO.- Expresamos nuestro apoyo y profundo sentir de dolor y conmoción, por la pérdida de la vida del hijo de la compañera Patricia Hermosa Gutiérrez, detenida ilegalmente e inhumanamente, en la cárcel Pública para mujeres de Obrajes, de la ciudad de La Paz.
SEGUNDO.- Repudiamos contundentemente, los atropellos que viene sufriendo la Sra. Patricia Hermosa Gutiérrez, quien es víctima de este Gobierno de facto, quien la tiene detenida sin juicio ni prueba alguna, vulnerando sus derechos humanos.
TERCERO.- Exigimos la inmediata liberación de la compañera Patricia Hermosa Gutiérrez, (Presa Política), quien debe ser atendida en un centro de salud especializado tras la pérdida de la vida de su hijo, que es un derecho primordial plasmado en la Constitución Política del Estado.
CUARTO.- Pedimos, al Ministerio Publico que de Oficio, Inicie Proceso Penal, y realice las investigaciones correspondientes para dar con los autores de este atroz crimen, que tiene como resultado la perdida de una vida humana, que sufrió la compañera Patricia Hermosa G., sean así sancionados como la ley manda. En caso de no tomar acciones inmediatas, nosotras acudiremos a la Justicia Internacional para denunciar estos crímenes y atropellos a los derechos humanos que están ocurriendo en Bolivia.
Es dado en la ciudad de La Paz, a los diez días del mes de junio del dos mil veinte.
¡Primero la Vida!
¡No a los delitos contra la vida y la salud!